Novación de hipoteca

La novación hipotecaria supone la modificación sobre algún aspecto del préstamo hipotecario, convenida a posteriori de la firma de la escritura con todas sus condiciones.
 
¿Qué puede ser objeto de novación?  A modo de ejemplo, podemos citar:
 
     1. El plazo
Modificar el plazo en el que hay que hacer frente al pago del préstamo hipotecario es ,muy habitual en la actualidad.
La finalidad perseguida es lograr una rebaja de cuota que haga más llevadero el pago del préstamo.
 
    2. El tipo
Muy habitual hace poco tiempo, en la actulalidad no se modifica tanto porque la competencia entre entidades se ha visto reducida.
 
     3. El importe
 Es la llamada ampliación de hipoteca, consistente en una refinanciación de la deuda.
 
     4. La divisa
El préstamo hipotecario puede estar expresado en euros o cambiarlo a otra divisa.
 
     5. Las garantías reales o personales
 Llegado un momento, y frecuentemente relacionado con otros cambios en los préstamos (cancelaciones parciales, por ejemplo), puede ocurrir que haya que incorporar o excluir nuevas garantías reales (que la hipoteca grave más o menos  inmuebles) o personales (que se libere a los avalistas ya existentes o se incorpore a otros nuevos).
 
     6. El sistema de liquidación:
Generalmente la inmensa mayoría de los préstamos se liquidan a través del sistema francés, pero sería posible modificarlo a otro distinto, o bien dentro del mismo, incluir un sistema de cuota creciente. Actualmente, una de las opciones más utilizadas es la introducción de carencia en los préstamos, o de modificar la periodicidad de las cuotas durante dicho periodo.
 
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