Contratos Civiles

Un contrato es un acuerdo de voluntades entre dos o más personas físicas o jurídicas. Tiene como finalidad última dar alguna cosa o prestar algún servicio y establecer en qué condiciones. En este sentido, es el negocio jurídico patrimonial de carácter bilateral cuyo efecto consiste en constituir, modificar o extinguir una relación jurídica patrimonial. Los contratos civiles se diferencian de los mercantiles fundamentalmente en que éstos últimos se caracterizan por la participación de un empresario y la vinculación del contrato a su actividad profesional. Ello no ocurre en los contratos civiles. En cuanto a la forma de los contratos, no es necesario que tengan forma escrita, salvo para aquellos casos en los que la Ley establece que deberán tener una forma determinada (forma ad solemnitatem), pero en todo caso siempre es preferible que tengan forma escrita y establecer unas obligaciones mínimas para ambas partes.

 

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