Contratos

© 2.019 IC Abogados | Aviso Legal · Política de Cookies

Es aquel contrato en virtud del cual una de las partes, el outsourcer, se encarga de la gestión de los sistemas informáticos de la empresa cliente, adaptándolos a sus necesidades a cambio de un precio. Tiene un contenido variado, de tal manera que la empresa que presta el servicio contratado (la empresa colaboradora) se puede comprometer prestar un servicio, a realizar una obra, a suministrar maquinaria o equipos para la empresa cliente. El outsourcing tecnológico no supone el desligamiento total de la empresa respecto a su departamento de tecnología, supone el establecimiento de una asociación estratégica entre la empresa y el proveedor del servicio, basada en la cesión de un nivel de responsabilidad y control de la gesión parcial o global de los sistemas de información.

0/5 (0 Reviews)

¿Tiene dudas o necesita un presupuesto?

Déjenos un mensaje a través de nuestro formulario de contacto

Solicitudes de presupuesto

Contacto directo

Puede pedir cita o solicitar presupuesto sin compromiso llamando al 699 064 252.

Nuestra filosofia

Garantía de compromiso con el cliente, seriedad, profesionalidad, anonimato, especialidad y rapidez.

Nuestro blog

Siga tanto las novedades legales como de nuestro despacho a través de nuestro blog.

Síguenos

Si continuas utilizando este sitio aceptas el uso de cookies. más información

Los ajustes de cookies de esta web están configurados para "permitir cookies" y así ofrecerte la mejor experiencia de navegación posible. Si sigues utilizando esta web sin cambiar tus ajustes de cookies o haces clic en "Aceptar" estarás dando tu consentimiento a esto.

Cerrar