Es aquel contrato en virtud del cual una de las partes, el outsourcer, se encarga de la gestión de los sistemas informáticos de la empresa cliente, adaptándolos a sus necesidades a cambio de un precio. Tiene un contenido variado, de tal manera que la empresa que presta el servicio contratado (la empresa colaboradora) se puede comprometer prestar un servicio, a realizar una obra, a suministrar maquinaria o equipos para la empresa cliente. El outsourcing tecnológico no supone el desligamiento total de la empresa respecto a su departamento de tecnología, supone el establecimiento de una asociación estratégica entre la empresa y el proveedor del servicio, basada en la cesión de un nivel de responsabilidad y control de la gesión parcial o global de los sistemas de información.