Procedimiento Cambiario

¿Qué es un juicio cambiario?

El procedimiento cambiario es aquel por el que se reclama una deuda que se encuentre documentada en letra de cambio, cheque o pagaré.

¿Cómo se inicia el procedimiento cambiario?

Para reclamar mediante procedimiento cambiario, es necesario presentar demanda sucinta en el juzgado de primera instancia del domicilio del deudor, o de cualquiera de ellos, si fueran varios deudores. Para que la demanda prospere es de suma importancia, haber protestado notarial o bancariamente el cheque, letra o pagaré y aportarlo a la demanda.

¿Puedo presentar yo mismo una demanda de juicio monitorio?

A diferencia de lo que sucede con el juicio monitorio, para presentar la solicitud inicial de juicio cambiario es necesario acudir con abogado y procurador.

¿Cuáles son las fases del juicio cambiario?

Una vez admitida la demanda, si el juez lo considera conforme, dará traslado al deudor para que pague en el plazo de 10 días o se oponga, ordenando, asimismo, el embargo preventivo de sus bienes.

Este embargo únicamente podrá levantarse, si el deudor alegara en los 5 días siguientes al requerimiento la autenticidad de su firma o la falta absoluta de representación, siempre que el juez lo estime oportuno, exigiendo la conveniente caución o garantía adecuada.

Si el deudor interpone demanda de oposición en el plazo concedido, se nos dará traslado de su escrito para poder impugnar el mismo en el plazo de 10 días, indicando si se solicita la celebración de vista.
En caso de que se estime necesario la celebración de vista por alguna de las partes o por el juez, la misma se sustanciará por los trámites del juicio verbal, finalizando con el dictado de sentencia.
Si no se celebrara vista, el juez dictará sentencia sin más trámites.

Compartir

Gift Voucher

Subscribe now and get

20% off

on first purchase.