Más allá de los gustos personales a la hora de comprar una vivienda, se deben tener en cuenta una serie de factores para que la vivienda elegida sea la adecuada, y nos encontremos con los mínimos problemas jurídicos posibles.
Para ello es preciso realizar una búsqueda detenida, y así, por sentido común,
→ COMPARAR las distintas posibilidades que ofrece el mercado.
→ RECONOCER con detalle las características físicas de la vivienda.
→ AVERIGUAR la situación jurídica de la vivienda.
La búsqueda de la vivienda podemos realizarla personalmente o acudir a una Agencia Inmobiliaria, para que lleve a cabo su búsqueda. En este último caso, la agencia nos presentará distintas posibilidades de compra, para que nosotros elijamos.
En este caso hay que tener en cuenta:
• Que la Agencia Inmobiliaria es un intermediario entre el vendedor y el comprador, y lo que hace es poner a ambos en contacto para que, si les conviene, firmen un contrato de compraventa. Por tanto, debemos saber que quien vende no es la agencia inmobiliaria, sino el propietario de la vivienda, o la empresa promotora.
• Que la Agencia generalmente contrata sus servicios al vendedor, de modo que será éste el que habrá de satisfacer sus honorarios.
• Que la Agencia Inmobiliaria podrá prestar servicios de gestión, de modo que nos ofrezca una determinada financiación hipotecaria, la firma de la escritura en un notario determinado, o la gestión del pago de los impuestos y presentación de la escritura en el Registro de la Propiedad. Tales servicios no son en ningún caso obligatorios para el comprador, que podrá prescindir de ellos.