Compensación urbanística. Juntas de Compensación.

La Compensación Urbanística es el instrumento más extendido de desarrollo y gestión del planeamiento. Se trata de un sistema de iniciativa privada, en el cual los propietarios del terreno aportan los terrenos de cesión gratuita establecidos en la legislación vigente y costean la urbanización de los terrenos, repartiéndose posteriormente las parcelas resultantes en función del terreno aportado.
 
A tal fin se crea una Junta de Compensación, que deberá inscribirse en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras, y que será un ente corporativo de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, que:
 
– Asume frente al municipio la directa responsabilidad de la ejecución de las obras de urbanización precisas.
– Actúa como fiduciaria con pleno poder dispositivo sobre las fincas originarias o iniciales de los propietarios miembros, sin más limitaciones que las establecidas en sus estatutos.
– Puede recabar el auxilio del municipio para recaudar de sus miembros las cuotas de urbanización por vía de apremio.
 
               → En Iurisconsultas Abogados nos encargamos tanto de la gestión de Juntas de Compensación, como del asesoramiento a particulares dentro de las mismas, aspecto éste esencial dados los intereses que se ponen en juego y se defienden en el desarrollo del sistema. Pídanos presupuesto sin compromiso a través de contacto (pinchar aquí) o envíenos un e-mail a info@ic-abogados.com

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