Justificación de pagos en las inversiones extranjeras

Cuando se trate de una operación realizada en España con carácter de inversión por no residente, debe de justificarse el origen del dinero entregado (RD 1991).   La normativa puede resumirse del siguiente modo:          a) Pueden hacerse pagos inferiores a 6.000 € (antiguo millón de pesetas), sin necesidad de acreditar el […]

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