Legitimación pasiva

Corresponde la letimación activa al titular de la situación jurídica sustancial que se deduce o pretende en juicio. Sólo él puede pedir y obtener la tutela jurídica demandada , frente a otro sujeto al que se afirma titular del deber u obligación correlativos (legitimación pasiva).

Para más información, Ver legitimación procesal

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