La sociedad de gananciales, efectos de su disolución

Los efectos de la disolución por decisión judicial, se producirán desde la fecha en que se acuerde.

Si se existe un pleito sobre la concurrencia de la causa de disolución, iniciada la tramitación del mismo se practicará el inventario y el Juez adoptará las medidas necesarias para la administración del caudal, requiriéndose licencia judicial para todos los actos que excedan de la administración ordinaria.

Por último, se ha de señalar que una vez disuelta una sociedad de gananciales, no por ello se ha extinguido totalmente, ya que es preciso para ello su liquidación. Mientras que ésta se produce existe una situación jurídica especial de «sociedad disuelta, pero no liquidada».

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