Especialidades forales en materia de institución de heredero

1. Cataluña.   Las principales especialidades son:   → La Institución de heredero es requisito esencial para la validez del testamento, excepto el otorgado por persona sujeta al derecho de Tortosa.   El que es heredero lo es siempre y, en conse­cuencia, se tendrán por no formulados en la institución de heredero la condición resolutoria […]

El heredero único: un caso especial

  Cuando en una sucesión exista un único heredero, corresponden a éste todos y cada uno de los bienes hereditarios. Por ello, no existe comunidad hereditaria, ni es necesario acto particional alguno, bastando que el heredero único se autoadjudique los bienes del causante.   Para ello basta con un escrito de manifestación de herencia hecha […]

Diferencias entre heredero y legatario

En un sentido muy general, heredero es aquella persona que sucede al difunto en la titularidad de sus bienes y deudas, a título universal; y legatario aquella que adquiere sólo bienes concretos y determinados, sin responder del pasivo de la herencia.   Por eso el Código Civil español dice que “llámase heredero al que sucede […]

El testamento abierto

Es abierto el testamento siempre que el testador manifiesta su última voluntad en presencia de las personas que deben autorizar el acto, quedando enteradas de lo que en él se dispone.   Los requisitos fundamentales para que exista testamento abierto son:        • Publicidad de la disposición testamentaria, a diferencia de los testamentos cerrado […]

Clases de testamentos

El testamento ordinario o común puede ser de tres tipos básicos: Ológrafo, abierto o cerrado.   El testador puede elegir de entre las diversas formas que la ley le ofrece, pero no puede mezclar las formalidades de unos y otros, ni elegir otra distinta de las ofrecidas.   Por otro lado, existen los que se […]

El testamento ológrafo

El testamento ológrafo es aquél que el testador escribe por sí mismo, el cual es válido, siempre y cuando contenga los requisitos legales que seguidamente se comentarán.   En este tipo de testamento no interviene el Notario, aunque tiene como inconvenientes las posibilidades de su falsificación, desconocimiento, extravío o destrucción, así como las incorrecciones jurídicas […]

Heredero instituido bajo condición, término y modo

Muchas personas se preguntan si en su testamento pueden dejar sus bienes a un heredero bajo una condición de que dicho heredero haga algo concreto, de modo que si no lo hace, no herede los bienes. Pues bien, en España la institución de heredero y legatario se puede hacer:   → bajo ciertas condiciones (que […]

Forma de designación del heredero

El testador designará al heredero por su nombre y apellidos, y cuando haya dos que los tengan iguales deberá señalar alguna circunstancia por la que se conozca al instituido.   Aunque el testador haya omitido el nombre del heredero, si lo designare de modo que no pueda dudarse quién sea el instituido, valdrá la institución. […]

Caducidad del testamento

En materia testamentaria, la caducidad supone que el testamento queda sin efecto bien por el simple transcurso del tiempo, bien exigiéndose además la inobservancia de determinadas formali­dades complementarias exigidas para determinadas formas testamentarias.   Como regla general, no caducarán:          • Testamentos abiertos notariales        • Testamentos cerrados.   Los casos de caducidad, son: […]

La institución de heredero

Institución de heredero es la disposición de última voluntad hecha por el testador en el testamento por la que éste designa a las personas que han de sucederle a título universal en sus relaciones jurídicas transmisibles.   Esto significa, en un vocabulario poco técnico, que cuando en testamento se dejan los bienes a una persona, […]

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